Accesibilidad en bibliotecas: ¿qué hay de nuevo?

Introducción

Hace unos días disfrutaba del espectáculo Doscapacitados, que está protagonizado por el humorista Edu Luky y por el actor y humorista José de Luna, ganador de un Goya por su papel en la película Campeones. Al principio, Edu Luky explicaba al público el motivo del show y se remarcaba la importancia que tiene el lenguaje. Se defendía que ninguna persona es menos por tener una discapacidad y se recordaba que todos, en alguna ocasión, hemos sido, somos (yo mismo uso gafas) o seremos discapacitados. La única diferencia entre unas personas u otras es que hay quienes tienen reconocido un grado de discapacidad. El post de hoy, que sirve para estrenarme en esta maravillosa comunidad como colaborador, va especialmente dirigido a todas aquellas personas capacitadas, es decir, que no tienen reconocida una discapacidad, y que tienen en sus manos garantizar el acceso a la cultura, especialmente en las bibliotecas, a los discapacitados*.

Seguramente todos los que lean estas líneas sabrán que hace más de un año se modificó el artículo 49 de nuestra Constitución para incluir la palabra «discapacidad» en el texto en lugar de la expresión «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos». Pero este cambio no ha sido el único. En los últimos años, se han promulgado diferentes normas que velan por los derechos de las personas con discapacidad haciendo valer las últimas reclamaciones y avances sociales, muchos de ellos producidos a partir de la entrada en vigor en 2008 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Una de las normas más avanzadas y completas por todo lo recogido en ella y sus implicaciones es el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público. Entre ellas, algunas están estrechamente relacionadas con las bibliotecas y las acciones que se deben llevar a cabo para garantizar el acceso al ámbito cultural de una forma plena por parte de las personas con discapacidad.

El RD 193/2023

Como se recoge en su artículo 1, el RD 193/2023 tiene por objeto

regular las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público y establecer una serie de medidas de acción positiva y otros apoyos complementarios orientados a compensar las desventajas de partida que experimentan de forma generalizada las personas con discapacidad.

Las bibliotecas, como un servicio más que prestan las administraciones a la ciudadanía, también tienen su lugar en este RD. Concretamente, el artículo 23. Bienes y servicios de carácter cultural e histórico, menciona que todas las bibliotecas, ya sean gestionadas por la Administración General del Estado o cuya gestión se haya transferido a las comunidades autónomas, «elaborarán y pondrán en práctica planes específicos de accesibilidad para sus entornos y servicios, que comprenderán servicios permanentes de atención o apoyo a las personas con discapacidad, así como los medios y productos de apoyo que sean necesarios».

A raíz de este artículo, en su Disposición final sexta. Entrada en vigor es donde encontramos que será en este año 2025 en el que las condiciones de accesibilidad y no discriminación serán de obligado cumplimiento:

a) En los bienes y servicios nuevos de titularidad pública será de aplicación el 1 de enero de 2025.

c) En los bienes y servicios ya existentes y que sean susceptibles de ajustes razonables, tales ajustes deberán realizarse antes del día 1 de enero de 2026, cuando sean bienes y servicios de titularidad pública…

 

Visto esto, estoy seguro de que 2025 será un año para tener en cuenta y que traerá numerosos cambios en cuanto a la gestión y prestación de servicios en las bibliotecas. Alguno de ellos, como se mostrará a continuación, ya están en camino en la Comunitat Valencia y en Galicia.

Ley de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana

El RD anterior no es el único que pone deberes a las bibliotecas. Recientemente, debido a, entre otros, la propia publicación del citado RD, se ha promulgado la Ley 8/2024, de 30 de diciembre, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana. Se trata de una ley general, aplicable a múltiples ámbitos, entre los que está el sector cultural y, más específicamente, las bibliotecas. Es en la sección 5ª dedicada a los centros y servicios culturales donde encontramos el artículo 59 destinado directamente a las bibliotecas y el artículo 61 sobre el fomento de la lectura fácil y comprensible para todas las personas, aspecto relacionado estrechamente con nuestra profesión.

Respecto al primero de ellos, la norma dice que las bibliotecas públicas deberán «disponer de servicios informativos y fondos bibliográficos, con medios de apoyo audiovisuales, bajo el prisma de la accesibilidad global para acceder a la lectura y el conocimiento por todas las personas en las dos lenguas oficiales». A continuación, en la ley se enumeran una serie de requisitos entre los que destaco los siguientes:

b) Una información de los servicios y señalización interior apropiada, que incluya texto en braille, pictogramas, códigos QR en lengua de signos y lectura fácil de guías y catálogos.

c) Colección de libros en braille, libros en lectura fácil, grabación de audios y dispositivos, para cualquier persona usuaria.

d) Medios técnicos de apoyo a la lectura de acuerdo con las características de los fondos, la entidad de la biblioteca y las dificultades especiales de las personas usuarias.

 

Para ello, se deberán de disponer de los elementos, recursos materiales y humanos suficientes. En este sentido, juega un papel importante la formación del personal para garantizar la presentación del servicio. Aspecto esencial este que, en muchas ocasiones, pasa desapercibido por la propia administración y son los profesionales quienes por su propio interés terminan formándose en los diferentes cursos que se imparten a través de asociaciones, empresas, etc.

En cuanto al fomento de la lectura fácil, la ley expone que se elaborarán materiales y publicaciones en lectura fácil que, siempre que sea necesario, serán complementadas con apoyos en formato audio y vídeo. No se trata solo, por tanto, de incluir fondos adaptados, sino que los materiales que se creen en las propias bibliotecas también lo sean. Quizá, entre otras muchas cosas, ya es hora, y más cuando lo dicta una norma, de adaptar nuestras cartas de servicios para que cualquier persona usuaria conozca realmente todo lo que ofrecemos.

Ley de cultura inclusiva y accesible de Galicia

En el caso gallego, aunque no se pone de manifiesto en el preámbulo de la Ley 3/2024, de 5 de diciembre, de cultura inclusiva y accesible de Galicia que esta tenga base en el RD 193/2023, vemos como se desarrolla parte de la obligatoriedad de llevar a cabo planes específicos para garantizar la accesibilidad en el sector cultural. Concretamente, en su artículo 3 queda recogido que es «de aplicación a las actividades, manifestaciones culturales, productos y servicios, cualquiera que sea su formato, desarrollados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en los siguientes ámbitos» y, entre ellos, los bibliotecarios.

Entre las acciones que se deberán desarrollar están aquellas que garanticen que los servicios bibliotecarios sean accesibles. Para ello, tendrán que realizarse todas las adaptaciones o ajustes necesarios. En este sentido, la propia Administración tendrá que elaborar un plan de accesibilidad y creará un Observatorio de la Cultura Inclusiva y Accesible que supervisará el cumplimiento de la ley. Además, al igual que se recoge en la normativa valenciana, los profesionales deberán tener una formación específica para atender a cualquier persona.

Conclusiones

Las líneas anteriores muestran cómo se sigue avanzando en aras de garantizar en mayor medida el acceso a la cultura a todas las personas independientemente de su condición. Estas normas no dejan de ser un primer paso que deberá continuarse en los próximos meses por un mayor número de administraciones. Entre los aspectos, a mi parecer, a los que tendremos que prestar atención todos los que trabajamos en bibliotecas son: contar con un mayor número de fondos accesibles que vayan más allá de los tradicionales (lectura fácil, letra grande) que incluyan materiales en braille (a veces de difícil adquisición); mayor difusión de estos fondos que, normalmente, tienen pocos préstamos (por ejemplo, los audiolibros en CD-ROM) y que también, no lo olvidemos, garantizan el acceso a la cultura; necesidad de una formación específica para el personal que le permita prestar unos servicios acordes con las necesidades de todas las personas usuarias (por ejemplo, conocer la LSE o el sistema braille), y, finalmente, un mayor conocimiento sobre la adaptación de documentos a lectura fácil que permita acercar en mayor medida estos materiales y, en casos puntuales, su creación.

Son muchos los retos que se plantean a partir de estas normativas, pero estoy seguro de que las bibliotecas, y sus profesionales, sabrán estar a la altura. Si de algo nos tenemos que sentir orgullosos es de nuestra capacidad para adaptarnos a los tiempos que nos toca vivir y de la defensa que hacemos cada día de la cultura, garantizando el acceso a ella al mayor número de personas.

 

 

*Nota: el autor es consciente de que la accesibilidad en el ámbito cultural no está solo destinada a las personas con algún tipo de discapacidad. No obstante, para facilitar la redacción y lectura del post, se ha planteado desde este punto de vista.

Luis Miguel Macías

Colaborador en BiblogTecarios. Es director de la Biblioteca Pública de Salamanca Casa de las Conchas. Es graduado en Filosofía (2012-2016) y en Información y Documentación (2016-2020) por la Universidad de Salamanca. Ha cursado el Máster en Patrimonio Textual y Humanidades Digitales (2020-2021) en la misma universidad y el Máster propio La Biblioteca como Agente de Transformación Socioeducativa (2022-2024) en la Universidad Complutense de Madrid.

2 respuestas a «Accesibilidad en bibliotecas: ¿qué hay de nuevo?»

  1. Muy interesante tu post, Luis Miguel. Creo que se están empezando a hacer muchas cosas en este ámbito y además yo añadiría, a la lista de retos que indicas, el de desarrollar e implementar una SEÑALIZACIÓN INCLUSIVA EN LAS BIBLIOTECAS.
    Saludos

    1. Muchas gracias por tus palabras Mercedes. Efectivamente, la señalización también es un reto, aunque creo que cada vez más se está avanzando en ello al incorporar, entre otros, los pictogramas en nuestras colecciones y carteles. A pesar de ello, aún queda mucho por hacer y espero que, poco a poco, vayamos avanzando y se consiga una accesibilidad plena en nuestros centros.

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