En Internet podemos encontrar imágenes sujetas a diferentes licencias de derechos de autor. Todos hemos oído hablar del Copyright y de las famosas licencias de Creative Commons (CC), así como de sus diferentes condiciones (reconocimiento, reconocimiento – no comercial, etc.). ¿Pero qué significa exactamente todo esto: Creative Commons, Copyright, Copyleft…?
Sin entrar en disquisiciones legales, diremos que los derechos de autor (o propiedad intelectual) se dividen en dos categorías:
1. Copyright.
El autor se encuentra en plena posesión de los derechos de la obra (en este caso, imagen) y, por lo tanto, nadie puede reutilizarla con fines comerciales. Ojo, porque el límite entre uso comercial y uso no comercial es muy ambiguo y por este motivo nos encontramos con muchos vídeos bloqueados en YouTube.
Para registrar una obra bajo esta licencia se puede hacer en el Registro de la Propiedad Intelectual (organismo administrativo español que depende del Ministerio de Cultura), en la empresa privada SGAE o en otras muchas empresas privadas encargadas de gestionar este tipo de derechos a cambio de una cuantía económica.
2. Copyleft.
Conjunto de licencias alternativas al Copyright surgidas en la red, que determinan que la obra puede ser usada, modificada y redistribuida por terceras personas. Unas veces se permite el uso comercial de estas versiones derivadas y otras no.
Creative Commons es una organización no gubernamental y sin ánimo de lucro que desarrolla licencias de este tipo y que se ha impuesto en Internet como un estándar. Para asignar una licencia CC determinada a nuestras obras (imágenes, textos, vídeos, etc.) podemos hacerlo registrándolas en la web de Creative Commons o directamente en plataformas (como Flickr y, desde hace ya un tiempo, también YouTube) que ofrezcan estas licencias. De esta manera, sólo tenemos que subir nuestras obras a estas plataformas y asociarlas directamente a una de las licencias CC ofrecidas sin necesidad de pasar por la web de Creative Commons.
Pero estas no son las únicas licencias de tipo Copyleft que existen. Hay otras iniciativas que también emiten y gestionan certificados de autoría: GNU GPL, Coloriuris o Safe Creative. Esta última es española y permite certificar la autoría de una obra (Copyright) ofreciendo además la posibilidad de registrarla bajo licencias Creative Commons (Copyleft), y todo de manera gratuita y por Internet.
La recomendación es usar siempre en nuestros blogs imágenes con Copyleft y, en el caso de que sea imprescindible usar una imagen con Copyright, hacerlo con el previo consentimiento de su autor. Más aún, en el caso de que nos sea imposible contactar con el autor, como mínimo, le citaremos como muestra de nuestra buena voluntad.
¿Dónde podemos encontrar imágenes con Copyleft?
Existen muchas páginas web que ofrecen imágenes libres de derechos:
- Previo pago: Getty Images, iStockphoto…
- Gratuitas: Morguefile, Foto-Gratis…
- Gratuitas pero con condiciones: son las que están asociadas a licencias del tipo CC, que van de las menos restrictivas (sólo es necesario citar al autor) a las más restrictivas (es necesario citar al autor y no se permite un uso comercial ni la generación de obras derivadas). Por ejemplo: Flickr: Creative Commons.
Del mismo modo, es recomendable facilitar el trabajo de aquellos que quieran usar nuestras fotografías sometiéndolas también a licencias y especificándolo claramente. Y si nos da pereza registrar todas y cada una de las imágenes originales que publicamos, podemos licenciar directamente nuestro blog o página web, de manera que todo lo que publiquemos ahí tendrá la misma licencia.
Eric Monteagudo es licenciado en Comunicación Audiovisual y Máster Internacional de Escritura para Televisión y Cine. Trabaja en Filmin y en Cameo como montador y creador de contenido videográfico.
Excelente