Código deontológico de SEDIC

Se ha presentado la edición revisada y actualizada del Código deontológico de SEDIC (en adelante CD) aprobada por la Junta Directiva de SEDIC en septiembre de 2022. Esta revisión y redacción del Código deontológico sobre el inicial del año 2013, son fruto de la colaboración de los profesionales y académicos que componen el Grupo de Trabajo de Ética Profesional de SEDIC, enriquecidas con las respuestas obtenidas en la encuesta sobre «Valores y ética profesional 2022» realizada con tal fin. El grupo de trabajo en todo este tiempo ha tenido ligeras variaciones en sus miembros, pero en ambos casos, estuvo y sigue estando coordinado, por Paz Fernández y Fernández-Cuesta (Bibliotecaria. Coordinadora del Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC. Socia de SEDIC).

¿Qué es un código deontólogico?

La ética y la moral son pilares de vital importancia para cada profesión. Los principios éticos deben ser adaptados en función de los cambios sociales, avances tecnológicos y las distintas aplicaciones prácticas. Así, en una profesión organizada, es imprescindible formular y aceptar libre y voluntariamente normas éticas que regulen la actividad profesional en todos los campos que abarca. Aunque las obligaciones éticas básicas son constantes, su cumplimiento puede variar en función de las necesidades siempre cambiantes de una sociedad compuesta de seres humanos libres.

La deontología es el conjunto de principios y reglas que han de guiar una conducta profesional. Así, cualquier código deontológico puede definirse como un conjunto de normas y criterios que formulan y asumen quienes llevan a cabo una actividad profesional. Teniendo en cuenta lo anterior, podemos decir que los códigos tratan los aspectos más sustanciales y fundamentales del ejercicio de la profesión que regulan.

Las normas dictadas en el código deontológico, previamente pactadas y aprobadas de manera común y unánime por todos los miembros de la profesión, constituyen pautas de conducta cuya finalidad es cumplir con un adecuado trabajo y contribuir a que el conjunto de la sociedad que solicita los servicios de la profesión obtenga plena satisfacción ante la buena ejecución de la labor.

¿Qué es un código deontológico de los profesionales de la gestión de la información?

Según la propia definición recogida en el CD, es una guía que complementa el conocimiento especializado y la normativa técnica y legal, a la vez que orienta el ejercicio profesional responsable y de calidad. Fruto de la evolución de la sociedad y de la profesión misma, constituye una reflexión sobre sus principios y valores, los cuales se manifiestan en un conjunto de normas aceptadas por el colectivo profesional fundamentadas en su experiencia.

¿Por qué era necesario?

Básicamente, como claramente decía el preámbulo de la primera versión del 2013, porque la información es un bien esencial en la sociedad.

Y, además, porque las personas y las organizaciones encargadas de la gestión de la información y la documentación, que trabajan en entornos culturales, administrativos y económicos diversos, han de ser conscientes de la responsabilidad que contraen por el impacto social, económico, cultural, político y medioambiental de sus acciones ya que desempeñan un papel fundamental en la selección, organización, preservación y difusión de la información y la documentación. Estas personas aseguran la utilización de la información  con fines jurídicos, administrativos, informativos, culturales, científicos o empresariales contribuyendo a mejorar el funcionamiento de las organizaciones, a preservar la memoria colectiva y a hacer posible la educación, la formación, la investigación y la difusión de la cultura.

Sin olvidar que la diversidad de relaciones laborales y dependencias administrativas y empresariales convierte aún más en imprescindible el establecimiento de normas de conducta que guíen la toma de decisiones, la forma de afrontar dilemas éticos y la resolución de posibles conflictos de intereses en su ámbito de trabajo, tanto individual como institucionalmente.

En definitiva, como apuntó Luís Rodriguez Yunta en su artículo Dos códigos deontológicos globales para profesionales de información y documentación: Ifla y Sedic-Fesabid, “La redacción de un código ético es una acción concertada en defensa del prestigio colectivo de una profesión”. Ambas iniciativas, la de la IFLA y la de SEDIC, contribuyeron a reforzar la identidad colectiva y su prestigio social, reflejando también su dependencia de las instituciones que las contratan. Finalmente, los códigos también pueden interpretarse como respuestas frente a las amenazas del economicismo y los malos usos de la tecnología.

¿Por qué era necesaria la actualización?

Después diez años desde su redacción, el Código deontológico de los gestores de información SEDIC  ha sido revisado profundamente y ha incorporado las normas morales imprescindibles para una actuación ética de la gestión de la información en el mundo actual.

Los gestores de información, colectivo profesional compuesto, como ya se ha comentado, por bibliotecarios, archiveros, documentalistas y todas aquellas personas que se ocupan del tratamiento, conservación, análisis, difusión y preservación de la información, trabajan en entornos culturales, administrativos, económicos y tecnológicos diversos y cambiantes.

La profesión está inserta en una sociedad en profunda transformación. Los servicios y recursos de información presenciales, físicos y analógicos han visto la incorporación de otras formas digitales de comunicación, obtención, tratamiento y análisis de la información. El profesional convive con los cambios que se adoptan casi diariamente de forma imperceptible y, a la vez, constata tanto los beneficios de la digitalización como los retos que supone en lo que respecta a los derechos digitales de todos los implicados en la protección de los riesgos inherentes a las tecnologías emergentes, particularmente los que afectan a las personas usuarias del servicio, que plantean nuevos dilemas éticos propios del ecosistema digital.

Los códigos deontológicos adquieren su más alto sentido en sus actualizaciones como reflejo de la propia evolución de la sociedad. Por este motivo, es necesario adaptar los principios y valores tradicionales de los gestores de información a la realidad digital y social.

El documento actuales mantiene los principios y valores morales fundamentales adoptados en su primera redacción (2013), pero profundiza en aspectos relacionados con los cambios sociales y tecnológicos que afectan a los profesionales y las profesionales de la gestión de la información que exigen una mayor atención a la diversidad, a las cuestiones de género, a la transparencia, a la sostenibilidad y al medio ambiente, a la protección de los vulnerables o a la utilidad social de las instituciones. Incorpora, además, valores éticos con los que responder a los conflictos surgidos por la digitalización de la información, de sus procesos y servicios.

Estructura del Código Deontólogico

Tanto la primera versión del 2013, como la actual revisada en 2022, el CD se estructura en seis partes: un preámbulo y los cinco capítulos que se corresponden con Definición, Objetivos, Ámbito de aplicación y Principios y valores del profesional de la gestión de la información. El quinto capítulo, correspondiente a las “Disposiciones adicionales” de 2013, ha sido sustituido por la “Gestión del código”.

Ámbito de aplicación

Este Código ha de guiar la práctica profesional tanto en el ámbito público como en el privado y aspira a servir de orientación para otros profesionales que realicen su actividad en organizaciones que gestionan información, sin menoscabo de otros códigos deontológicos existentes.

Principios y valores éticos

La nueva versión revisada y actualizada del Código deontológico de SEDIC se articula bajo los principios éticos de autonomía, justicia, responsabilidad y utilidad social. Esto representa una ligera variación con el de 2013, que incluía el principio de confianza y el de responsabilidad social, más centrada en la  aspiración de construir una sociedad mejor en el uso de los recursos, en la formación del capital humano y en el respeto al medio ambiente.

Más allá de la propia definición, de los objetivos, de la gestión y de los principios, nos gustaría destacar los valores éticos que lo han inspirado y que el colectivo profesional aplicará en el ejercicio de su actividad. En esencia, esos valores son los mismos en el original y en la revisión, con ligeras variaciones en la actualidad con el objetivo, ya comentado, de adaptarse a la realidad. Por ello, a los 10 valores éticos iniciales de libertad intelectual, privacidad y confidencialidad, acceso a la información,  derechos de autor y de la propiedad intelectual e industrial, profesionalidad, lealtad a la organización, conservación y preservación, diversidad cultural e ideológica, sostenibilidad y responsabilidad social y calidad del servicio, le han añadido uno nuevo: la transparencia en los procesos de selección, acceso y suministro de los recursos de información. Este nuevo valor es fundamental en el acceso a  toda la información sobre las actuaciones que realizan en relación con el servicio que prestan, de manera permanente, comprensible, completa y oportuna, rindiendo cuentas de su actividad para que pueda ser escrutada por el público en general. La transparencia está en la base del apoyo a los principios del gobierno abierto para que, mediante ella, la participación y la colaboración, los ciudadanos puedan contribuir a la creación y mejora de los servicios públicos adaptándolos a sus necesidades reales y en el impulso a políticas tendentes a mejorar la transparencia y el acceso a la información de gobiernos y administraciones públicas.

¿Por qué SEDIC?

Porque SEDIC, en tanto que asociación que se dedica al fomento del intercambio de experiencias y a la formación de bibliotecarios, documentalistas y otros profesionales de la información, asume el compromiso de fomentar la ética y la integridad en el mundo de la información. La ética profesional, la integridad, la imparcialidad, la honestidad y el respeto hacia los demás no son solamente virtudes; representan lo que cada miembro de SEDIC puede esperar de sus socios.

Como se asegura en la parte final de la gestión del código, SEDIC promoverá ampliamente los valores y principios contenidos en el presente Código entre sus miembros y organizaciones, ciudadanía e instituciones. El Grupo de Trabajo de Ética de SEDIC velará por el seguimiento de las consultas o cuestiones que se formulen y la difusión del Código.

Si no lo conocíais, desde SEDIC, os invitamos a leerlo, si ya lo conocíais os invitamos a “revisitarlo”, y sea como fuere, os y nos invitamos a aplicarlo y cumplirlo; eso quizá justifique y haga más digna nuestra amplia y poliédrica profesión, ¿no os parece?

Felicidad Campal

Codirectora en BiblogTecarios Bibliotecaria que apuesta por el poder formativo, social, integrador e igualador de las bibliotecas. Eterna aprendiz y en fase beta en constante renovación. Coordiné desde su creación en el 2001 el Grupo de Trabajo de Alfabetización Informacional, hasta su reconversión en el 2017 en el Grupo de Trabajo “Banco de recursos ALFIN/AMI” del CCBiblio.

Una respuesta a «Código deontológico de SEDIC»

  1. Muchas gracias por esta extensa información dedicada al Código deontológico en su versión actualizada a 2023, una guía de referencia moral que beneficia a la profesión en su conjunto.

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