Datos sobre el acceso abierto en España: el caso de los repositorios institucionales

En este post no vamos a hablar del Open Access como movimiento puesto que así lo han hecho ya nuestras compañeras biblogtecarias Elena Sauri y Fuensanta Martínez en sus respectivos posts: “Open Access” y “El acceso abierto a las publicaciones científicas”.

Mi intención es traer a colación algunos datos sobre repositorios institucionales (a partir de ahora RI) que, a nivel internacional, se recogen tanto en el “OpenDOAR: Directory of Open Access Repositories” (consulta realizada el 02 de marzo de 2011) como en el “Ranking Web de Repositorios del Mundo – Enero de 2011”. El objetivo último perseguido es presentar una instantánea del desarrollo que, de este tipo de repositorios, se está llevando a cabo en España y su situación en relación con el panorama mundial.

A 2 de marzo de 2011, el OpenDOAR recoge un total de 1303 organizaciones con repositorios institucionales. Dado que alguna organización puede tener más de un repositorio, el total de repositorios que quedan contemplados en el directorio es de 1543.

Nº total de repositorios institucionales a nivel mundial. Evolución temporal

Fig. 1: Nº total de repositorios institucionales a nivel mundial. Evolución temporal

En cuanto al nº total de RI por continente, Europa se lleva la porción más grande del queso con un total de 707 (46%). Le siguen de lejos Norte América con 333 repositorios (22%) y Asia con 292 (19%). Si descendemos un peldaño más y bajamos a nivel de países, observamos como entre los cinco primeros puestos si encuentran sólo dos países europeos (Alemania con 127 rep. y Reino Unido con 133), aún siendo Europa el continente con mayor nº de RI a nivel mundial. En este caso, el país con mayor nº de repositorios es EEUU con un total de 275, lo que supone un 18%. En lo que se refiere al caso español, ocupamos un 6ª posición (que no está nada mal) pero que sólo supone un 4% del total. En cifras, en España actualmente existen 56 RI (7 más que en 2009) gestionados por un total de 49 organizaciones.

Nº total de repositorios institucionales en España. Evolución temporal

Fig. 2: Nº total de repositorios institucionales en España. Evolución temporal

Siguiendo con datos a nivel internacional, el software más utilizado en la implementación y gestión de RI es DSpace (641=42%) y EPrints (255=17%).

Si accedemos a los datos del “Ranking Web de Repositorios del Mundo – Enero de 2011” (iniciativa del “Cibermetrics Lab – Laboratorio de Cibermetría” que coordinado por Isidro F. Aguillo es un grupo de investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas – CSIC), en su sección dedicada a los RI (1120 repositorios), comprobamos como el nº 1 está ocupado por un repositorio estadounidense. El primer repositorio español que aparece en el ranking lo hace en la posición 9 y es el Depósito Digital de Documentos de la Universidad Autónoma de Barcelona. Un total de 38 RI españoles (3’4%) quedan recogidos en este ranking mundial. Aunque es una cifra pequeña, podemos hacer otra lectura de los mismos datos. Hay que tener en cuenta que España cuenta con 56 repositorios de este tipo, por lo tanto el porcentaje de RI españoles que ha entrado en este ranking es relativamente alto (68%). Otro tema ya a discutir es la posición que ocupan los mimos ¿qué os parece?.

Por otro lado, en lo que respecta a mi Comunidad Autónoma, el primer repositorio institucional andaluz que entra en el ranking es DIGIBUG, Repositorio Institucional de la Universidad de Granada y lo hace en la posición 271. A éste le siguen los repositorios de las universidades de Huelva (posición 450), Córdoba (posición 482) e Internacional de Andalucía – UNIA (posición 620).

Después de presentaros estos de datos, mi reflexión es la siguiente: si en lugar de los datos del número de RI por países, el OpenDOAR recogiera el número de publicaciones (clasificados por tipos) que albergan éstos ¿mantendría España esa 6ª posición a nivel mundial?. Realmente, ¿qué porcentaje de publicaciones aportan, a nivel mundial, nuestros 56 RI al movimiento del Open Access en relación con los demás países?

Por regla general, al menos en los casos que conozco en nuestros RI, las publicaciones más presentes son las tesis doctorales y el fondo antiguo digitalizado. Esto tiene su lógica; por un lado, la digitalización del fondo antiguo, una vez salvado el tema de los derechos de autor, viene a cumplir dos objetivos claros: la preservación de los originales y el acceso universal a la documentación.

Y por otro, un tema que me toca de cerca es el depósito de las tesis doctorales en los repositorios de la Universidad. Durante 3 años he trabajado en la Biblioteca Universitaria de Granada (BUG) con la edición electrónica de las tesis doctorales (lo que actualmente es DIGIBUG). El caso es que la BUG, en coordinación con la Comisión de Doctorado edita en formato electrónico (asigna a cada tesis un nº de ISBN y otro de DL) las tesis doctorales leídas en la UGR. Me atrevería a decir que casi el 99’9% de los doctorandos dan su visto bueno a esta acción, en mis 3 años de trabajo en ese servicio sólo un doctorando no accedió a depositar su tesis en abierto, solamente permitió el acceso restringido a su tesis para cualquier doctor de la UGR mientras estaba en su período de lectura pública.

Lo que vengo a comentar con todo esto es que el hecho de asignarles ISBN a las tesis doctorales es un tema goloso. Los doctorandos suman así una línea más de currículo; que en esta época, donde acecha la sombra de las agencias de evaluación científica, viene muy bien y además el RI se va nutriendo de tesis de una manera más o menos ágil y sencilla.

A partir del 1 de julio de 2011 Federación de Gremios de Editores de España (FGEE) que se encarga de la gestión de la Agencia Estatal del ISBN cobrará por cada ISBN que otorgue a las editoriales, ¿seguirán entonces las bibliotecas universitarias asigando ISBN a las tesis doctorales, como es el caso de la BUG?

Independientemente del cobro por ISBN, la supervivencia de los RI en lo que a tesis doctorales se refiere, queda resuelto cuando en el punto 5 del Artículo 14 “Evaluación y defensa de la tesis doctoral” del recién aprobado “Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado” queda recogida la obligación de depositar las tesis en los RI:

“5. Una vez aprobada la tesis doctoral, la universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma así como toda la información complementaria que fuera necesaria al Ministerio de Educación a los efectos oportunos”.

Pero, ¿ocurre lo mismo con los artículos científicos y demás tipos de publicaciones (comunicaciones a congresos y jornadas, informes, objetos de aprendizaje, etc.). En este sentido, hay mucho por hacer por parte de las bibliotecas universitarias. Aunque hay conciencia por parte de los autores a cerca de la importancia del acceso abierto, el mecanismo para realizar el auto-archivo (1) dista mucho de facilitar esta tarea a los investigadores.

“Para mí el repositorio es una herramienta básica y muy poderosa de divulgación científica en la que he creído y participado desde el primer momento. De hecho, a día de hoy, tengo colgadas en Digital.CSIC 43 contribuciones, algunas de las cuales no eran fáciles de encontrar por otro medio en el entorno global al que se orienta el repositorio”. Francisco Ferrándiz Martín, Científico Titular del Instituto de Lengua, Literatura y Antropología (CCHS-ILLA). En: CSIC Abierto: la revista de Digital.CSIC – Invierno 2011

A igual que ocurre con el caso de las tesis doctorales, la solución del auto-archivo vendrá de la mano de la imposición por parte de las instituciones competentes, y para muestra os dejo lo que recoge el “Proyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación” presentado el 19 de mayo de 2010 en el Congreso de los Diputados que en su Artículo 36 “Difusión en acceso abierto” del Capítulo II del Título III dice:

“2. El personal de investigación cuya actividad investigadora esté financiada íntegramente con fondos de los Presupuestos Generales del Estado hará pública una versión digital de la versión final de los contenidos que le hayan sido aceptados para publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas, tan pronto como resulte posible, pero no más tarde de doce meses después de la fecha oficial de publicación”.

“3. La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso abierto reconocidos en el campo de conocimiento en el que se ha desarrollado la investigación, o en repositorios institucionales de acceso abierto”.

Aunque queda claro cuando hay que realizar el auto-archivo, no tiene porqué ser un RI el elegido para llevarlo a cabo, también se admite un repositorio temático como depositario final.

Un ejemplo real al hilo de lo que recoge este proyecto de ley y que obliga a la realización del auto-archivo lo constituye el OpenAIRE «(Open Access Infrastructure for Research in Europe, Infraestructura de libre acceso a la investigación en Europa), que la Comisión Europea ha puesto en marcha hoy en la Universidad de Gante (Bélgica). OpenAIRE aportará una red de depósitos abiertos que dará acceso en línea gratuitamente al conocimiento generado por los científicos que hayan recibido subvenciones del Séptimo Programa Marco (7º PM) y del Consejo Europeo de Investigación (CEI), especialmente en los campos de la salud, la energía, el medio ambiente, la tecnología de la información y las comunicaciones, las infraestructuras de investigación, las ciencias sociales, las humanidades y la ciencia y la sociedad».

Como una imagen vale más que mil palabras aquí os dejo los datos de DIGIBUG, a 3 de marzo de 2011, que viene un poco a confirmar mi reflexión al respecto de los RI:

Comunidades DIGIBUG (13174 documentos)

  • Investigación [3570]: 3221 son tesis doctorales, 150 patentes, 36 proyectos de fin de máster y sólo 162 publicaciones, que entiendo, son frutos del auto-archivo desde los componentes de los distintos departamentos de la UGR.
  • Revistas [1070]
  • Fondo Antiguo [8352]
  • Docencia [11]
  • Documentos Institucionales [171]

Esta ha sido un poco mi reflexión al respecto, ahora toca intercambiar opiniones entre todos/as. Espero vuestras aportaciones al respecto.

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  1. “Se denomina auto-archivo al proceso de depósito de los documentos en un repositorio por parte de sus autores para facilitar su acceso libre y gratuito en Internet. Se trata de la segunda vía para conseguir el acceso abierto o ruta verde”. Definición sacada del Informe APEI sobre acceso abierto. (pág. 32)

David Gómez

Gestor del conocimiento en el Observatorio de la Infancia en Andalucía. Me interesa la evaluación científica y la literatura infantil. Disfruto, día a día, de los pequeños momentos en familia.

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