En el presente año de 2012 se han cumplido diez desde la Declaración de Budapest, en la que se pusieron los cimientos de la Iniciativa de Archivos Abiertos Abiertos u Open Archives Initiative (OAI), la cual se vio complementada al año siguiente con las declaraciones de Bethesda y de Berlín (las tres bes, como se las conoce en el argot profesional). Con motivo de la efeméride, haré unas reflexiones sobre cómo los autores académicos han visto en este tiempo los repositorios institucionales.
En primer lugar habría que recordar que un repositorio institucional es un conjunto de servicios telemáticos para almacenar y hacer accesibles materiales u objetos digitales creados por una institución y, habitualmente, puestos a disposición de cualquier usuario en formato de Archivos Abiertos (Open Acces), en desarrollo de la iniciativa OAI, que impulsa los proyectos basados en el acceso abierto (es decir, libre y gratuito), a través del ciberespacio, a los trabajos que publica por la comunidad científica, así como su uso y distribución, respetando las leyes existentes sobre propiedad intelectual.
Aunque a veces se confunden, recordaré que un repositorio institucional NO ES una biblioteca digital ni una biblioteca virtual (que tampoco son lo mismo). En él se almacena la producción documental resultante de la actividad académica, investigadora y corporativa de la organización a la que pertenece, y ofrece acceso abierto a dicha producción. En el caso de las universidades, se encuentra en ellos tesis doctorales, tesinas o trabajos de fin de máster, proyectos de fin de carrera, revistas editadas por la propia universidad, preprints de textos académicos, artículos ya terminados y publicados, actas de congresos y eventos, documentos de trabajo (work papers), informes, memorias, ponencias y comunicaciones, convenios, libros digitales o digitalizados editados por la institución, literatura gris, materiales para el aprendizaje, etc.
La actitud del investigador ante los repositorios varía según la perspectiva con que los contemplen. No hay que generalizar, evidentemente. Pero -sobre todo al principio- era mayoría el número de los que -como autores- ponen pegas, se resisten a autoarchivar, desconfían de que puedan perder los derechos de publicación, exigen controles de calidad… Sin embargo, cuando los miran como lectores de la obra de terceros, sí que se muestran acordes con la idea de acceder libremente a las publicaciones y asumen el espíritu del Open Access.
En líneas generales, muchos investigadores desconocen (y es lógico) las cuestiones de derechos de autor: Diferencia entre derechos morales y de explotación, política sobre el autoarchivo de las editoriales con las cuales trabajan, existencia o no de licencias exclusivas… Y lo mismo respecto a la existencia de la Iniciativa de Archivos Abiertos. Los hay que están en desacuerdo con la idea de compartir libremente los contenidos científicos, previendo posibles conflictos (No obstante, conocen la existencia de revistas digitales académicas de consulta gratuita), que temen ser plagiados, tener problemas con sus editores, perder el control sobre la publicación… Es un concepto erróneo que proviene del mundo anglosajón, valorando sólo lo que se paga, e identificando la idea de Archivos Abiertos con el concepto de gratuidad total, que a su vez vinculan erróneamente a la baja calidad. «Lo gratuito no puede ser bueno».
Otro problema es la falta de tiempo. Hay investigadores que no se sienten motivados para destinar equis horas (o días) a recopilar su propia producción y subirla después al repositorio, cumplimentando los múltiples campos que ello requiere. En resumen, la inercia, la rutina, el querer hacer todo como en su día aprendieron en su Área o Departamento, o -simplemente- el agobio laboral del día a día, conducen a muchos a no querer cambiar (por no tener que aprender un nuevo sistema, o por pensar que no es bueno, útil o práctico para ellos).
A todo lo anterior se suman las dificultades o barreras tecnológicas, dado que no suele existir formación regularizada sobre repositorios y la O.A.I. destinada expresamente al Personal Docente e Investigador, y cuando existe es de carácter voluntario (con lo que muchos no la reciben).
Aquí comienza la acción difusora del bibliotecario: Hemos de aclarar al P.D.I. de las ventajas de la Open Access Initiative y de las ventajas que posee para un investigador el hecho de subir su obra al repositorio institucional.
- Se obtiene mayor rapidez en verlo publicado, con absoluta validez académica.
- Se obtiene una mayor visibilidad para todos (autor, colaboradores, fuentes que consultó…).
- Se incrementa, con ello, la posibilidad de ser citados por otros investigadores, lo que ayuda a mejorar el currículum académico del autor y a desarrollar su carrera investigadora.
- Tenemos la gran ventaja de que haya un único lugar en el que encontrar la obra de un único autor, independientemente de donde la publicase en origen.
Además permite publicar diferentes tipos de documentos: capítulos de libros, artículos en revistas, ponencias y comunicaciones, monografías completas… Una posibilidad que no existe, NI SIQUIERA PAGANDO, en el ámbito de las editoriales y revistas científicas privadas, que se centran únicamente en un tipo concreto de documento.
- Por último, el R.I. garantiza al autor la preservación de su obra a largo plazo, dado que hay más posibilidades de perdurabilidad futura en el repositorio institucional de una institución académica que en el confuso ámbito de las editoriales y distribuidoras privadas (y de sus sitios web), que a menudo cambian, depuran contenidos o simplemente desaparecen.
¿Cual es el estado de la cuestión? La optatividad inicial ha desaparecido, afortunadamente. La reciente Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación obliga a todo investigador financiado mayoritariamente a cargo de los Presupuestos Generales del Estado (es decir, todo el P.D.I. de las universidades públicas, del C.S.I.C., y de otras administraciones) a publicar en un repositorio de libre acceso una versión digital de cada artículo que le haya sido aceptado para su publicación, en un plazo máximo de doce meses. Es decir, que ya no se autoarchivan contenidos por recomendación, sino por mandato legal.
Además se observa una cada vez mayor disposición de los investigadores a recopilar su obra anterior y subirla a los repositorios. Los diez años trascurridos y, sobre todo, la nueva normativa legal, hacen que cada vez sean más las instituciones académicas que se animan a dotarse de un repositorio y que éstos empiecen a crecer y a albergar cada vez mayor número de contenidos.
¿El futuro? Los repositorios pueden ser, para la Ciencia y la Universidad, como aquel bálsamo mágico que servía para curar todos los males (y que Don Quijote intentó recrear, infructuosamente). Confío en que podrán curarnos, al menos, de los males del sometimiento y subordinación a las multinacionales académicas y a las grandes distribuidoras privadas, que no tendrán más remedio que adaptarse al nuevo paradigma. Pero creo sinceramente que podemos ser optimistas. El tiempo lo dirá.