«De oca a oca, y tiro porque me toca»,se dice en un popular juego de mesa. También podría haber titulado este texto con una frase de la Transición: «Iremos de la Ley a la Ley», pronunciada por Torcuato Fernández Miranda, profesor de Derecho Político del Rey Juan Carlos, Presidente del Gobierno durante mes y medio, y el cerebro gris que diseñó la Ley de Reforma Política y el cambio a la Democracia desde las leyes franquistas, modificándose a sí mismas. En este caso, pretendo repasar -encarnado en el ejemplo de la comunidad de Castilla-La Mancha- eL cambio legislativo desde la Ley anterior, de los años ochenta, promulgada cuando la comunidad estaba naciendo, hasta la Ley actual, que se publicó anteayer y aún no ha entrado en funcionamiento (lo hará a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial). De la Ley a la Ley, modificándose a sí misma.
Hay que decir que la Ley anterior (la Ley 1/1989 de Bibliotecas de Castilla-La Mancha) ha sido un texto avanzado para su época, que contaba con una exposición de motivos ilusionante, innovadora y progresista. Empezaba así «Un libro añade vida a la vida. Cada libro contiene un mundo vivo de ideas, sensaciones, imágenes y hechos que el autor traduce a lenguaje escrito para que el lector se transforme en coautor al yuxtaponer su experiencia y sus sentimientos. Permite, en definitiva, la creación personal y libre, un deseo que, por demás, vincula a los poderes públicos por mandato Constitucional». Una definición creativa e impecable, redactada por un ilusionado equipo de técnicos que el historiador J. Sisinio Pérez Garzón, a la sazón Consejero de Educación y Cultura, había heredado de su predecesor en el cargo, el también historiador José María Barreda Fontes, y que agregaba: «la biblioteca ante todo tiene que ser de acceso libre y gratuito, sin exigencia de tasas por sus servicios, ya que sus puertas han de estar abiertas para un uso libre e igualatorio por los ciudadanos de cualquier condición social o cultural».
La Ley 1/1989 de Bibliotecas ha sido un texto sencillo: contaba con un Título Preliminar que definía las bibliotecas, su carácter y uso y establecía la colaboración con otras instituciones. Seguía el Título I, sobre el Sistema Bibliotecario de la región y sus órganos, creaba la Biblioteca Regional y organizaba los centros y servicios públicos, en colaboración con las Bibliotecas Públicas del Estado y el Título II trataba sobre la gestión del Sistema. No había más, pero era suficiente. Al menos al principio.
Transcurridos tres lustros, comenzó a tratarse sobre la necesidad de un nuevo texto legislativo. Así se planteó en la ponencia «10 propuestas de futuro», que el entonces Jefe de Servicio, Juan Sánchez, presentó en 2005 en las II Jornadas Bibliotecarias de Castilla-La Mancha.
El cambio de organización y de equipo ralentizó la renovación legislativa autonómica, que además coincidió con los preparativos de la nueva Ley Estatal de Bibliotecas. En efecto, un texto cuyo Proyecto de Ley se publicó en 2006, y que ya no era una simple Ley de Bibliotecas, sino que implicaba también al Libro y a la Lectura. Un texto polémico, que fue debatido, modificado, y que coincidió con la lucha contra el llamado «préstamo de pago», que tuvo en Castilla-La Mancha a varios de sus más firmes activistas y aliados.
A lo largo de 2007 se publicó la ilusionante intervención del bibliotecario Mateo Gómez ante la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados (lamentablemente ficticia pero cuya lectura recomiendo), se realizaron las enmiendas del Senado atendiendo a las sugerencias de los profesionales a través de FESABID, y la Ley se devolvió al Congreso, que la dejó como al principio. Al final se publicó en verano, siendo la Ley 10/2007 de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, un texto largo tiempo esperado pero que decepcionó a gran número de profesionales, que esperaban otra cosa. Así lo explicaba el que estas líneas firma en «Ley de bibliotecas sí, pero no así».
Aprobada la nueva legislación Estatal en 2007, se retomó en Castilla-La Mancha el proyecto de cambiar la Ley autonómica. Dicho y hecho, se preparó durante un año y medio un texto mucho más largo que el del año 1989, y finalmente se abría el Anteproyecto de Ley a información pública a fines del verano del año 2009.
Los profesionales hicimos en su día algunas alegaciones: concretamente, sobre el mínimo de habitantes a partir de los cuales debe prestarse obligatoriamente el servicio de biblioteca, sobre las competencias de las Administraciones Locales, sobre la necesidad de un Depósito Bibliográfico Regional y sobre la necesidad de dotar obligatoriamente de personal bibliotecario profesional a las bibliotecas escolares. Algunas de estas propuestas han sido atendidas, y me congratulo por ello. Otras, lamentablemente, no.
Año y medio después, se ha aprobado finalmente el nuevo texto, que ha sido la Ley 3/2011 de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha y que hereda el espíritu de su antecesora, definiendo la universalización de la lectura como «un contrato social firmado con nuestra ciudadanía». Engloba cuatro aspectos: La lectura, el Sistema de Bibliotecas regional, la Red de Bibliotecas Públicas y el resto de bibliotecas. Además, se adapta no sólo a la Ley Estatal de 2007, sino a las pautas del Consejo de Europa y de EBLIDA.
Posee 55 artículos que se agrupan en 10 títulos: El Preliminar con las disposiciones generales, el Título I, dedicado al fomento de la Lectura; el II, que desarrolla el Sistema de Bibliotecas de la región; el III, que establece las competencias de la Administración Autonómica y las Administraciones Locales (Diputaciones y Municipios); el IV, dedicado íntegro a la Biblioteca Regional de Castilla-La Mancha, el V, sobre la Red de Bibliotecas Públicas, el VI, sobre los derechos y deberes de los ciudadanos, el VII sobre la evaluación y la gestión de calidad, el VIII sobre las bibliotecas de centros de enseñanza universitaria, no universitaria y especializada, y finalmente el IX sobre infracciones y sanciones, algo que ya se había hecho -creo recordar que por vez primera- en otra Ley autonómica, la del País Vasco.
Dicen que lo mejor es enemigo de lo bueno. Yo personalmente habría dejado los derechos y deberes del usuario y las sanciones para un Reglamento de desarrollo, más fácil de modificar que una Ley, y habría sustituído el parche de las Bibliotecas de Doble Uso por plazas profesionales. No obstante, me alegro de que seis años después, tengamos nueva Ley de Bibliotecas. El círculo se ha cerrado. De la Ley a la Ley. O, como decía al principio, de Oca a Oca.
Una Ley que, curiosamente, se ha publicado el Día de la Mujer Trabajadora, siendo la gestión bibliotecaria una profesión mayoritaria y tradicionalmente femenina. Aprovecho para felicitar a todas las compañeras que, siguiendo los pasos de María Moliner o Gloria Fuertes, por poner dos ejemplos, se encargaron y se encargan todavía, con poco presupuesto pero cargadas de ilusión, de acercar la Cultura a los puntos más recónditos de nuestra geografía.