
Soy becario ¿y ahora qué?
Enviado por AnaBae el Mar, 03/04/2012 - 08:30.
La situación económica de este país, agravada en los últimos años, era bastante preocupante; se imponía una acción contundente por parte del Gobierno. En el último semestre del año 2011 uno de los puntos que hicieron reformas fue en la Seguridad Social y por ello, no sé como, al final hicieron caso a las demandas de los becarios.
Todo empezó a rodar cuando se aprobó la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social; en cierta medida, aquí ya indicaron algo en la Disposición Adicional Tercera sobre la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación. Por consiguiente, hacían oficial que sí iban a cotizar. Sumado a esto, dan la opción de computar la cotización de un máximo dos años de becas antes de la entrada en vigor de dicha ley. Lo que quiere decir, es que si quieres computar esos dos años los tiene que pagar el becario, porque no creo que la institución donde trabajastes como becario te los vaya a pagar; si tienes suerte que lo hagan, me alegro. Pero, ¿Es justa esta opción? ¿Como becario te compensa pagar esos dos años?
En segundo lugar, se aprobó el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. En este Real Decreto ya se regula las condiciones de los becarios, los asimila a trabajadores por cuenta ajena en el artículo primero; los excluye, en el artículo cuarto, de la contingencia de desempleo, del fondo de garantía social y el de formación profesional. Pero por otro lado, deja fuera al personal investigador en formación, pues se rigen mediante el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero.
A los pocos días, se volvió a aprobar otro, Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas. Aquí hace referencia solo, a los jóvenes de 18 a 25 años, desempleados, que tengan cualificación profesional y que tengan escasa experiencia laboral. Se suma al anterior decreto y también formaran parte del Régimen General de la Seguridad Social.
A partir de aquí, a los becarios como se trata de asimilarlos a trabajadores por cuenta ajena, la acción protectora será la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social. La institución, el organismo u entidad que quiera tener becarios ahora tendrán que pagar una cuota fija mensual de 40,56 euros por trabajador, de los que 34,51€ corresponden a la empresa y 6,05€ al trabajador. El límite para firmar estos convenios especiales con la Seguridad Social finalizará el 31 de diciembre de 2012. Un día después entrará en vigor la reforma de la Seguridad Social.
Ahora bien, esto quiere decir que estas entidades ¿pagarán esos X euros de más o los descontarán del pobre sueldo de los becarios?. Mientras la Seguridad Social dice que esto beneficiará a los becarios ¿Seguro?, con los recortes que están sufriendo todas las entidades, tanto públicas como privadas, y no es descartable añadir algún otro tipo de medida, como algunas que han visto la luz esta semana en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2012 recientemente presentados. Si sumamos estas normas ¿crees que seguirán teniendo becarios? o de la misma manera, ¿harán recortes de sus becarios? si antes tenían cuatro se quedarán con uno o directamente las labores de los becarios caerán en personal no cualificado o personal que no le correspondería estar en esos proyectos o departamentos.
Como muchos de aquí, somos o hemos sido becarios en bibliotecas, archivos, centros de documentación, museos... ¿Como crees que nos afectará esto?, ¿Lo ves positivo? o tratándose del país en el que vivimos ¿encontrarán alguna triquiñuela para llevar a cabo el dicho de “hecha la ley, hecha la trampa“?













Comentarios
Buenas tardes;
En principio lo vi y lo sigo viendo positivo que el becario cotice a la SS. La situación desde Noviembre a la hora de aplicar la Legislación por lo que tengo entendido ha sido dispar. Lo correcto es que cada uno ponga su parte, y así ha sido en algunas empresas. Sin embargo otras ha aprovechado la confusión de los propios becarios ante la situación, y se ha retenido tanto en concepto de trabajador como de empresa. Tras salir de la empresa donde estaba de becaria me enteré que al final la Ley había sido anulada y me desaparecieron los dos meses cotizados de la Vida Laboral, y me ingresaron la cantidad "supuestamente" debida por errores. Al parecer depende de la Universidad en la que estés estudiando y con la que la empresa tenga la relación.
Pero si alguien puede responderme, y aunque actualmente no estoy de becaria si me gustaría saber cuál es la situación real. ¿Se cotiza? ¿Qué beca cotiza?
Gracias.
Hola.
Según tengo entendido las becas o convenios de prácticas de los estudiantes universitarios no cotizan por la anulación de la ley en el pasado diciembre y por tanto todas las afiliaciones a la SS deberían anularse al ser consideradas improcedentes. Por tanto, estas becas no cotizarían. Creo que el único caso en el que sí se cotiza a la SS son las becas de investigación
Saludos.
Hola!
Bajo mi punto de vista esta legislación es un arma de doble filo; por una parte, veo positivo que se cotice a la Seguridad Social, tanto por el tema de la jubilación (aunque eso aún me suena muy lejano...) como por el acceso al sistema sanitario. Pero, por otra parte, esto ha supuesto que los becarios tengan problemas a la hora de acceder a un trabajo a través del INEM puesto que al pasar a ser considerado como trabajador por cuenta ajena pasabas a ser demandante de mejora de empleo (al menos al principio, ya que esto no quedaba muy claro). Mi experiencia personal, como becaria de formación en una institución pública, es que el becario paga efectivamente alrededor de 6 euros y el resto la empresa.
Saludos!
8 Septiembre 2010
1 semana 1 día
Hola Beatriz, por lo que tengo entendido, hasta el 2013 no es obligatorio lo de cotizar por lo tanto ahora mismo cada organismo u empresa hacen lo que quieren.
Las becas que NO se rigen por estas normas son las de personal investigador que se rigen por el RD 63/2006 y, las becas o convenios que hay entre empresas y universidades que son para ampliar tu formación es decir, que estás matriculado en algún grado, master o curso... en la universidad y haces prácticas en alguna empresa.
Espero haberte aclarado las dudas.
Yo conozco personalmente un caso de una oferta de prácticas en la que antes pagaban poquísimo y ahora directamente no pagan pero el becario sí cotiza a la Seg. Social, así que sinceramente no se si salimos ganando o perdiendo... Es una espada de doble filo